martes, 3 de julio de 2012

Ideología y partidos políticos en la España contemporánea. - Parte 4

En los artículos referentes a este epígrafe se intentará realizar un análisis dirigido al surgimiento y evolución de los partidos políticos en España hasta la configuración actual de los mismos. En este artículo veremos como la muerte de Fernando VII marcará la polarización de las ideas políticas de la España del momento y cómo surgen los nuevos partidos políticos al abrigo de un nuevo marco histórico. Esta época está marcada por la génesis del nuevo liberalismo que gozará del apoyo de la Corona, por el enfrentamiento carlista y por la inseguridad generada por las regencias.


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 LA MONARQUÍA ISABELINA 

En 1.829 falleció la tercera esposa de Fernando VII, estéril en su matrimonio. La avanzada edad del rey de cuarenta y cinco años lo forzó a buscar esposa enseguida. El porvenir del infante Carlos María Isidro, sucesor legal del rey, parecía inseguro ya que al no permanecer éste viudo, su situación cambiaría si tuviera hijos.

Tras desechar a una princesa de Baviera y a otra de Cerdeña, la infanta Luisa Carlota propuso como candidata a su hermana María Cristina. Su juventud, veintitrés años, y el descender de una familia prolífica decidieron al rey en su favor.

María Cristina de Borbón-DosSicilias, por Vicente López Portaña (1830)
Fuente: Museo Nacional del Prado Galeria online
La legalidad dinástica antes del matrimonio real era la siguiente: Felipe V, siguiendo la antigua costumbre borbónica, había establecido un tipo de Ley Sálica en 1.713 que ordenaba la preferencia de los descendientes varones “en línea recta de varonía a las hembras y sus descendientes aunque ellas y los suyos fuesen de mejor grado y línea”. En abril de 1.830 se publica la Pragmática Sanción que ya las Cortes habían aprobado en 1.789 pero que, por razones de índole exterior, el gobierno había aplazado hasta otro instante más oportuno. Con esta ley, el infante quedaba prácticamente excluido de la sucesión, puesto que si el embarazo de la reina llegaba a buen fin, el hijo o la hija que naciese sucedería directamente al rey.

La única descendiente del rey sería una niña: Isabel, que a la postre sería la futura soberana. El reinado de Isabel II se extiende desde 1.834 a 1.868, dependiendo de quién ocupara el gobierno, en él se pueden diferenciar varias etapas según el siguiente esquema:

1. Regencia de María Cristina (1.834 – 1.840)
2. Regencia de Espartero (1.840 – 1.843)
3. Década Moderada (1.844 – 1.854)
4. Bienio Progresista (1.854 – 1.856)
5. Gobierno de la Unión Liberal (1.856 – 1.864)
6. Crisis de la monarquía (1.864-1.868)

En todo este intervalo de tiempo podemos distinguir la presencia de cuatro grandes partidos: los moderados, los progresistas, la Unión Liberal y el partido demócrata (o republicano). Éstos serán los primeros partidos políticos propiamente dichos que se dan en España. Hasta entonces, sólo podían distinguirse distintas tendencias o facciones que aglutinaban a personas con ciertas ideas generales en común.

 GRUPOS POLÍTICOS DURANTE LA REGENCIA DE MARÍA CRISTINA  

Tras la muerte de Fernando VII, los absolutistas más reaccionarios apoyaron la causa del infante Carlos María Isidro. Por su parte, la reina María Cristina encontrará apoyo en los liberales para defender los derechos dinásticos de su hija, la futura Isabel II, recogidos en el testamento de su marido y amparados legalmente en la Pragmática Sanción (a pesar de no tener punto político en común ningún con ellos). Por ello, en 1.834, constituye una monarquía constitucional (mediante una carta otorgada), lo que obliga al exilio a los ministros absolutistas más duros y favorece la vuelta de cientos de exiliados.

Carlos María Isidro de Borbón, por Vicente López Portaña
Fuente: Wikimedia Commons
En un primer momento, Francisco Cea Bermúdez se hizo cargo de las riendas del gobierno tras la muerte de Fernando VII, siguiendo una línea de reformismo administrativo y conservadurismo político. Su propósito era tranquilizar a los realistas que no se habían pasado al bando carlista, pero que desconfiaban del aperturismo. Sin embargo, su deseo de concordia no prosperó y en vez de una transición pacífica hubo una ruptura y estalló la guerra.

Las insurrecciones carlistas empezaron a producirse en octubre de 1.833 y se generalizaron por todo el país, aunque sólo cuajaron plenamente en Cataluña, País Vasco y la zona del Maestrazgo. Seis años más tarde, el 31 de agosto de 1.839 el general carlista Maroto se avino a firmar el Convenio de Vergara con el general isabelino Espartero, del que fue compañero de armas en Chile y Perú, y que reconocía, finalmente, los derechos de Isabel al trono español (aunque dicha firma fue considerada por muchos como una traición de Maroto). Carlos María Isidro tuvo que abandonar España el 14 de septiembre de ese mismo año.

La Primera Guerra Carlista (1.833-1.839)
subido por maraldi40 a https://www.youtube.com

El Estatuto Real, reconocido por la reina en 1.834, consolida el liberalismo político censitario, lo que implica que sólo pueden votar los mayores propietarios y los más ricos. Es, por tanto, un sistema oligárquico y el carácter del gobierno, moderado. Estas condiciones y la lentitud con la que se implantaba la monarquía plenamente constitucional provocarán revueltas en pueblos y ciudades, donde la elección de dignatarios se realiza por nombramiento real.

Toreno fue el primer jefe del gobierno tras la dimisión de Martínez de la Rosa, a quien se debe la obra del Estatuto Real, pero los altercados referidos provocarán su dimisión. La situación provoca que la reina llame a Mendizábal para formar el nuevo gobierno. Su política da frutos en poco tiempo. La desamortización provoca el cambio de titularidad de miles de propiedades, fincas tanto urbanas como rústicas, pertenecientes a la Iglesia. Los beneficios de tal política son usados, entre otras cosas, para mejorar el armamento del ejército isabelino.

Juan Álvarez Mandizábal, por Antonio María Esquivel (1842)
Fuente: Wikimedia Commons
Las características principales del Estatuto Real podrían resumirse en:

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Carta otorgada.

PODER LEGISLATIVO
CORTES con dos cámaras:
- Próceres.
- Procuradores.
DURACIÓN PERÍODO LEGISLATIVO
3 años.
CONVOCATORIA DE LOS CUERPOS LEGISLATIVOS
Sólo por el rey.
Para aprobar presupuesto.
DISOLUCIÓN
Por el rey.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Nombramiento real.

En 1.836, Mendizábal convoca elecciones en las que se aprecia la división irreconciliable de los liberales. Hasta esta fecha resulta comprometido hablar en España de partidos políticos. Desde la revolución liberal, a comienzos de siglo, se habían observado tendencias en el seno del liberalismo que cristalizaron durante el Trienio Liberal en la formación de dos grupos: los moderados y los exaltados, sin que ninguno de ellos formule un programa concreto con sus aspiraciones políticas. Ahora nos encontramos por un lado, a los moderados apoyan como ley fundamental el Estatuto Real, que muestra una especie de soberanía compartida entre la reina y los diputados; y por otro, a los progresistas (o exaltados), que apoyaban la abolición del Estatuto y la recuperación de la Constitución de 1.812, o bien, la redacción y elaboración de una nueva. De esta forma, el esquema de fuerzas que se presentan a Cortes en 1.836 es el siguiente:


El resultado de las elecciones muestra una amplia mayoría del partido progresista (120 diputados de 149) encabezado por Mendizábal, pero que no cuenta con el apoyo de la reina porque era un exaltado (y no estaba dispuesta a entregar las riendas del gobierno a una persona que en poco tiempo se convirtió en la esperanza de los protagonistas de los tumultos de los meses anteriores) lo que le obligó a dimitir en abril de 1.836, siendo sustituido por Francisco Javier de Istúriz. Esto significaba un paso atrás en el viraje hacia la izquierda del régimen. El nuevo jefe de gobierno tenía el apoyo de la reina pero no de las Cortes, lo que obstaculizaba su labor de gobierno, por lo que se ve obligado a someterse a una moción de confianza cuyo resultado es el siguiente:


Rechazo de 78 diputados.
Núcleo del
partido progresista.
Apoyo de 29 diputados.
Núcleo del
partido moderado.
Abstención de 13 diputados.



Se aplicó entonces, por primera vez, una medida que consistía en disolver las Cortes para proceder a unas nuevas elecciones con el objeto de fabricar una mayoría adicta en el órgano legislativo. María Cristina firmó el decreto de disolución de las Cortes, un precedente que se convertiría más tarde en táctica ordinaria cuando se producía un contraste entre el ejecutivo y el legislativo. Estos hechos desembocaron en una revuelta y en la “Sargentada de La Granja” que culminó con la firma de un decreto por parte de la reina que imponía la Constitución de 1.812 y el nombramiento del nuevo jefe de gobierno: José María Calatrava, liberal exaltado.

Esquema sobre el establecimiento del régimen liberal isabelino: