miércoles, 11 de julio de 2012

Ideología y partidos políticos en la España contemporánea. - Parte 5

En los artículos referentes a este epígrafe se intentará realizar un análisis dirigido al surgimiento y evolución de los partidos políticos en España hasta la configuración actual de los mismos. En este artículo veremos como la muerte de Fernando VII marcará la polarización de las ideas políticas de la España del momento y cómo surgen los nuevos partidos políticos al abrigo de un nuevo marco histórico. Esta época está marcada por la génesis del nuevo liberalismo que gozará del apoyo de la Corona, por el enfrentamiento carlista y por la inseguridad generada por las regencias.
 EL PARTIDO PROGRESISTA DURANTE LA MONARQUÍA ISABELINA  

Los seguidores de Mendizábal en 1.836 constituirán el núcleo del partido progresista desde finales de los años 30. Éstos fueron los que ganaron las elecciones en 1.836. En esa época sus límites ideológicos y sociológicos estaban aún muy poco definidos por lo que su actitud, en la práctica, se basaba en la crítica combativa de los moderados. Para Janke, serán (siguiendo un paralelismo con la Revolución Francesa) los “jacobinos de España”. Si bien esencialmente eran la oposición contra las ideas moderadas, sí tenían muy claro que la revolución no debía detenerse. Dentro del vago programa progresista podemos destacar: el principio de soberanía nacional (en contra de la soberanía compartida defendida por los moderados), la Milicia Nacional, la libertad de expresión sin censura previa, la lucha contra los impopulares impuestos de consumo y el estanco de la sal y, por último, la elegibilidad de los ayuntamientos y de las diputaciones frente a la designación directa apoyada por sus oponentes.

JuanÁlvarez Mendizábal
Fuente Wikimedia Commons

Los progresistas se van a enfrentar a dos problemas graves, fruto de la propia organización de su partido y de las ideas y tendencias políticas que van a representar: El primero fue una sucesión de líderes que se realiza con cierta frecuencia, frente a la estabilidad de los moderados de Narváez. El primer líder natural será Mendizábal, y tras su caída, Espartero, quien con los carlistas alcanzará un gran prestigio tras el Convenio o Paz de Vergara, hasta el punto de ostentar la regencia durante tres años y que volverá para dirigir al gobierno durante el Bienio Progresista (1.854-56). También destacó el liderazgo compartido entre Olózaga (que fue uno de los autores integrantes de la comisión designada para presentar el proyecto de la Constitución de 1.837, que demostraba lo descabellado que resultaba en esta época reimplantar la Constitución de 1.812 como se pretendía en el golpe de La Granja) y Madoz (que realizó la última gran desamortización). Por último, el general Prim dirigió el partido en los años 60 y hasta su muerte.

El segundo gran problema será el recelo de la propia reina. De hecho, siempre que llegan al poder es tras un pronunciamiento militar (la regencia y el Bienio). En total sólo gobiernan durante cinco años. En los años 60 practicarán el “retraimiento electoral” y al ver que no cuentan para la reina intentarán varios pronunciamientos hasta la firma del Pacto de Ostende en 1.866.
Retrato de Isabel II junto a su hija Isabel, por Franz Xaver Winterhalter (1852)
Fuente: Wikimedia Commons

El partido progresista tampoco da muestras de una gran unificación dentro de sus filas y en él también es posible apreciar tres tendencias:

La tendencia central es en la que se sitúan sus principales dirigentes y es la que pone en marcha su programa de gobierno cuando están al frente del mismo. Son los artífices de la ejecución de las desamortizaciones de los bienes de la Iglesia y otras instituciones. Establecen una institución paramilitar: la milicia nacional. También robustecen el poder de las instituciones locales (ayuntamientos y diputaciones). Podemos decir que son municipalistas mientras que los moderados son centralistas.

La tendencia de los legales está constituida por los progresistas más conservadores. Defienden un acuerdo con los moderados frente a lo que llaman la “amenaza socialista”.

El ala izquierda es bastante minoritaria en un principio, aunque a partir de 1.849 formarán el partido demócrata. Está formado por progresistas que en poco tiempo se van desencantando con la acción de gobierno de Espartero.

La base social del partido progresista es más interclasista, de ahí la gran diversidad de opciones políticas. En él se incluyen desde integrantes de la alta burguesía y profesionales liberales a las clases populares más humildes. La mayoría social está constituida por clases medias. Tenía su soporte casi exclusivo en el medio urbano ya que fuera de él perdía su sentido. Sin embargo, con el tiempo irá perdiendo apoyo popular porque no pudo responder a dos reivindicaciones:

1. La abolición de los impuestos de consumo, que eran los que gravaban artículos de primera necesidad.
2. La abolición del sistema de quintas que perjudicaba a los más desfavorecidos.

La Constitución de 1.837 ha sido considerada tradicionalmente como un código transaccionista, en el que pueden advertirse concesiones por parte de los progresistas y de los moderados. El clima parecía favorecer la conciliación entre las dos ramas del liberalismo. Fruto de estas posiciones será la nueva Constitución, que se caracteriza por su brevedad. La práctica política de la época llevaba a una extraña paradoja pues la reina María Cristina siempre apoyaba a un gobierno moderado mientras que la mayoría en las Cortes siempre era progresista, lo que suscitaba amplios debates y provocaba tensiones. De forma esquematizada, las principales características de la Constitución de 1.837 podrían ser: 


PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
- Soberanía nacional.
- División de poderes.

DERECHOS CONSTITUCIONALES
- Seguridad personal.
- Inviolabilidad del domicilio.
- Derecho de propiedad.
- Libertad de ideas.
RELIGIÓN
Obligación de mantener el culto católico.



PODER
LEGISLATIVO
Sufragio censitario:
- SENADO, elegido por el Rey.
- CONGRESO, elección directa.
Duración del período: 3 años.
Convocatoria sólo por el rey y una vez por año.
Disolución por el rey.

PODER EJECUTIVO
Los mismos de 1.812, el rey:
- Sanciona y promulga leyes.
- Veta e indulta.

PODER JUDICIAL
- Juicio por jurado.
- Unidad Códigos y Fueros.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Por elecciones

El apoyo del prestigioso y popular general Baldomero Espartero a la causa progresista hizo estallar un conflicto abierto entre éste y la regente. La actitud de ésta, con su indisimulado apoyo a los moderados (no pareció entender su papel de árbitro imparcial en el juego de los partidos), fue suficiente para provocar el estallido de la revuelta en 1.840. La reina abdicaría y marcharía al exilio.

Si bien los progresistas desterraron a María Cristina, nada se intentó contra la monarquía ni contra la dinastía. Se daba la circunstancia de que la heredera era menor de edad y había que prolongar la regencia hasta que cumpliera los catorce años, como establecía la Constitución de 1.837. Las Cortes nombraron a Espartero como regente, que cayó en el mismo error de María Cristina, considerándose “regente de un único partido”, aunque éste apoyase a los progresistas. Pero lo que socavó el poder del regente fue la oposición de su propio partido. El exceso de personalismo del general junto con su ambición le llevaron a querer manejar los hilos de la política y a marginar a los elementos más valiosos y destacados de su partido que no se prestaban a su juego.

La crisis política fue acompañada por la insurrección. Varias ciudades se levantaron en armas con dos focos principales en Andalucía y Cataluña, con el general progresista Juan Prim y el general Francisco Serrano a la cabeza. La entrada en Madrid de Narváez marcó el final de la regencia de Espartero, de forma violenta como la de María Cristina de Borbón tres años antes.

Tras diez años de gobierno moderado, las jornadas revolucionarias de 1.854 fueron la consecuencia del peligroso juego político a que daba lugar la Constitución de 1.845 y la actitud de la propia Isabel II. La Corona era persistente en mantener en el poder al partido moderado, lo que se conseguía mediante la manipulación de la voluntad popular en unas elecciones que, en realidad eran una farsa. Los progresistas vieron así bloqueados su acceso al gobierno. La única forma de conseguir el poder era el golpe revolucionario. Esto no fue óbice para que el progresismo tratase de usar desde el poder los mismos procedimientos que sus opuestos políticos, aunque no contaban con la confianza de la reina.

La “desmortización de Madoz” sería la ley de más amplio calado en la etapa. Llamada así por haber sido Pascual Madoz, como ministro de Hacienda, quien la hizo aprobar. La ley supone el final de un largo proceso iniciado en el siglo XVIII. Aunque también se la ha llamado “desamortización civil”, lo cierto es que no sólo afectó a bienes de este tipo sino también a bienes pertenecientes al clero, lo que agravaría las tensiones entre el estado y la Santa Sede. Se puede afirmar que fue la más importante en cuanto a volumen de ventas. Se declararon en venta todos lo bienes pertenecientes a manos muertas que no lo habían sido en anteriores desamortizaciones.

Las desamortizaciones de bienes eclesiásticos y civiles,
subido por artehistoria.com a https://www.youtube.com

Las desamortizaciones de bienes eclesiásticos y civiles a lo largo del siglo XIX 
(en millones de reales de vellón)

Por su parte, Espartero impuso a la reina la convocatoria de unas Cortes constituyentes, lo que ésta aceptó sin restricción alguna. Tras amplias discusiones, la nueva Constitución no llegaría a ser aprobada, puesto que la crisis de 1.856 provocó la disolución de las Cortes, de ahí que se la llamara “non nata”.


 EL PARTIDO MODERADO ISABELINO

Los moderados se organizaron a partir de 1.836 frente a los excesos demagógicos de Mendizábal y el peligro que podía suponer para las clases más conservadoras dentro del liberalismo, la aplicación de medidas cada vez más radicales. Aceptaban los logros de la revolución pero temían que su avance borrase muchos presupuestos que no estaban dispuestos a renunciar.

El partido moderado será el que más gobierne durante toda la época isabelina, merced al apoyo de la reina, y constituirá la derecha moderada de la época. Los moderados llevaron a cabo una importante aportación para la consolidación del régimen liberal mediante una filosofía política que fue la base doctrinal del sistema (que fue dada en llamar doctrinarismo o liberalismo doctrinario). Sin embargo, no formaba un todo unificado, pues se pueden diferenciar al menos tres tendencias en su seno:

La tendencia centrista será la más importante cuantitativamente. Sus máximos representantes serán Narváez y Antonio Alcalá Galiano, que conectaba al partido con las fuerzas sociales y económicas de la sociedad. Las características ideológicas del liberalismo doctrinario o conservador eran la soberanía compartida por el rey y las Cortes, el sistema bicameral (senado y congreso o sus equivalentes), el reforzamiento del poder real y el sufragio censitario.

Ramón María Narváez y Campos, por Vicente López y Portaña (1849)
Fuente: Museo de Bellas Artes de Valencia

Esta corriente será la que ponga en marcha la legislación y la que marque la política de la época isabelina con la Constitución de 1.845 (la cuarta después de 1.812, 1.834 o Estatuto Real y 1.837, la progresista). La de 1.845 será la más conservadora de la historia hasta ese momento. Además, promovieron otras leyes como la Ley de Ayuntamientos de 1.845, la Ley Electoral de 1.846 (que restringía el voto) o el Código Penal de 1.848 en consonancia con el carácter conservador de la Constitución.

El partido moderado también muestra distintas tendencias en su seno. La tendencia puritana podría situarse como el ala izquierda del partido moderado. Con el tiempo, este núcleo será el que forme la Unión Liberal. Son partidarios de un sistema de alternancia de poder junto con los progresistas teniendo como base la Constitución de 1.845. También, rechazan tajantemente el pretorianismo o sea, la injerencia de los militares en la política. Su líder natural fue Joaquín Francisco Pacheco.

Por último, la tendencia reaccionaria estaba constituida por los más conservadores. Partidarios de los borbones (eran monárquicos que apoyaban más a Isabel que a Carlos), pretendía una transición entre el Antiguo Régimen y el liberalismo. Su figura más representativa fue Bravo Murillo.

El partido moderado será el más conservador de la época, en él están representadas todas las fuerzas antiguas y nuevas que conforman la oligarquía económica. Se trata de un partido de notables, si bien muestra una base social heterogénea, procedente de distintos campos. Por ejemplo:

1. Los terratenientes que controlan la España rural.
2. La burguesía adinerada que apoyaban a empresas importantes (como la industria textil catalana que defienden que se tomen medidas proteccionistas).
3. Altos mandos del ejército.
4. Altos funcionarios de la administración y diplomáticos.

Isabel II fue declarada mayor de edad un año antes de lo establecido en la Constitución de 1.837 según una medida aprobada por la Cortes con el fin de acabar con los períodos de regencia de tan cercano recuerdo. Salustiano Olózaga fue nombrado jefe de gobierno (a propuesta del anterior, Joaquín María Reyes) y contaba con el beneplácito de Narváez que era el hombre fuerte del partido moderado. Su política progresista le granjeó la desconfianza de éstos que pasarían a la ofensiva para recuperar el poder político, que se materializó en el nombramiento de Pedro José Pidal como presidente del Congreso de los Diputados. La derrota no dejó a Olózaga otra elección que su disolución y fue a la postre obligado a dimitir. De esta forma, se inicia un largo período de predominio moderado: la Década Moderada. Será un período de relativa estabilidad pues gobiernan casi sin oposición.

En 1.844 la reina nombraba un gobierno presidido por Ramón María Narváez. En las nuevas Cortes se planteó la necesidad de reformar la Constitución de 1.837 aunque al final se impuso la creación de una distinta. La Constitución de 1.845 expresa el ideario político del moderantismo aunque conserva la estructura externa de la anterior. En líneas generales podemos esbozar sus caracteres principales:

PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES
Deroga el principio de Soberanía Nacional
RELIGIÓN
Catolicismo de Estado

PODER LEGISLATIVO
- SENADO: Por el rey
- CONGRESO: Sufragio censitario
Duración del período: 5 años
Convocatoria: sólo el rey
Disolución: por el rey
PODER JUDICIAL
Supresión de jurados
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Por el ejecutivo

Al analizar el reinado de Isabel II puede dar la impresión de que los diez primeros años desde su subida al trono, la Década Moderada, constituyen un período de gran estabilidad política, en contraste con la anterior etapa y con la que tuvo lugar posteriormente. El hecho de que un solo partido monopolizase el poder durante un período tan prolongado podría hacer pensar que todo marchaba sobre ruedas al quedar minimizada la oposición. Nada más lejos de la realidad. La dimisión de Narváez, tras veintiún meses de gobierno, fue la primera de una frecuente serie de crisis ministeriales que demostraba, a falta de un progresismo fuerte, la clara división y los enfrentamientos entre los propios moderados. Hasta junio de 1.854 hubo doce gobiernos diferentes, después del de Narváez.

El 28 de junio de 1.854 estallaría la revolución, cuyo triunfo cerraría la primera etapa del reinado de Isabel II. Así concluía la Década Moderada, un largo período del dominio del liberalismo conservador, en el que a pesar de todos los cambios prevalece la homogeneidad de sus trazos políticos fundamentales.

Tras la crisis de 1.856, las Cortes fueron disueltas dando fin al Bienio Progresista, lo que significaba la vuelta al poder de los moderados, con el apoyo de la reina. Este hecho refleja la precaria base sobre la que se sustentaban los gobiernos y el papel que seguía teniendo la Corona en el funcionamiento de la maquinaria política de la época. Narváez sustituyó a O’Donnell en la presidencia del Consejo, era la cuarta vez que ascendía a este puesto. Según la práctica política de entonces, la vuelta de los moderados al poder implicaba la destrucción de la tarea legislativa de sus inmediatos antecesores, derogando todos los decretos, leyes y disposiciones, suspendiendo la ley desamortizadora de 1.855 y restableciendo las relaciones con la Santa Sede. Por último, se confirmó el restablecimiento de la Constitución de 1.845. 
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La monarquía isabelina. De Espartero a Amadeo de Saboya
subido por virgisu1 a https://www.youtube.com